Certificado de Moralidad Mercantil

Esta Corporación emite los certificados que acreditan la solvencia y buena moralidad mercantil, lo que significa tener capacidad legal para el comercio de las personas mayores de edad y que tienen libre disposición de sus bienes. (art. 4 Código de Comercio de 1885). Esta facultad viene reconocida en la Ley 9/1992, de 30 de abril, de Mediación de Seguros Privados, en los artículos 16 y 17, donde se exige a los solicitantes del título de Mediador de Seguros Titulado y para ejercer la actividad de Correduría de Seguros esta acreditación, y en el artículo 2ª de la Ley 3/1993 de 22 de Marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España (B.O.E) de 23 de Marzo de 1993), que dice que tiene entre sus funciones de carácter público-administrativo, expedir certificados de origen y demás certificaciones relacionadas con el tráfico mercantil, nacional e internacional.

Plazo de emisión. 2 días hábiles

Solicitud