TRIBUTACIÓN PACTOS SUCESORIOS IBIZA Y FORMENTERA

OBJETIVOS

El presente seminario trata de fijar los criterios de tributación de los pactos sucesorios recogidos en la Compilación de Derecho Civil Balear del Decreto Legislativo 79/1990, incidiendo en las especialidades de las islas de Ibiza y Formentera.

Los recientes criterios de la Dirección General de Tributos hacen de estas figuras una compleja aplicación en su tributación, porque una cosa es la figura del Derecho Civil y otra es su fiscalidad

Conceptos como el “fallecido”, pactos sucesivos, etc.. impactan de lleno en la forma de tributación.

Es sin duda un seminario de sumo interés para el profesional dedicado a este campo, ya sea en la asesoría fiscal como  a los abogados que trazan esta figura.

CONTENIDO

a. Tipos
b. Compilación Derecho Civil Illes Balears (D. Leg. 79/1990)
c. Reglamento Parlamento Europeo 650/2012
d. Requisitos comunes
e. Mallorca/Menorca
1) Donación Universal
2) Definición
f. Eivissa/Formentera
1) Pactos de Institución
2) Finiquito
g. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Illes Balears
h. Ejemplos